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El primer hogar: ¿cómo dar en el clavo?

Quedan exentos del 50% de este cobro por un plazo de 10 años, todos aquellos hogares sujetos a la ley del DFL2, la cual establece que la superficie municipal no exceda los 140 m2.

Procedimientos a seguir
1- Si la vivienda es usada, lo primero que deben hacer es una tasación inmobiliaria, la que generalmente hacen las instituciones donde se pide el crédito hipotecario, para establecer el valor de mercado y saber el monto de dinero que se necesita para efectuar la transacción. Tras esto, hay que hacer una oferta a la contraparte, que puede ser el dueño o bien una corredora de propiedades -esta última cobra alrededor de un 2% del valor total-, y después acordar las modalidades de pago. En cambio si es nueva, el precio lo fija la constructora que vende.
2- Luego, y en ambos casos, hay que suscribir la promesa de compraventa ante un notario, e ingresar la escritura en el Conservador de Bienes Raíces para inscribir el dominio de la vivienda a nombre del nuevo propietario, para lo cual hay que pagar $ 1 por cada $ 1.000 de lo que cueste el inmueble, lo que se puede incluir en el crédito, ya que es parte de los gastos operacionales. Aquí también hay que solicitar un certificado de dominio vigente, para asegurarse de que la propiedad está a nombre del vendedor.
3- Según el gerente del Grupo Inmobiliario Actual, la entrega del nuevo hogar "va a depender de la rapidez con que se haga la Recepción Municipal y la materialización de la firma de los planos de copropiedad inmobiliaria, para regularizar legalmente el traspaso", lo cual puede demorarse alrededor de 2 meses en ejecutarse.
Para arrendar, lo primero, es llegar a un acuerdo monetario con el dueño de la vivienda o la corredora de propiedades, según corresponda, la que generalmente cobra de comisión lo que cuesta 1 mes de arriendo, pagando el 50% el arrendatario y el otro 50% el propietario. Una vez hecho esto se firma el contrato, en el que deben quedar estipuladas todas las condiciones establecidas por ambas partes y donde usualmente se acuerda el pago del mes de garantía, que corresponde a 1 mes de arriendo, el cual asegura al dueño en el caso de que el arrendatario se vaya sin dar aviso.

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