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Comunidad de gananciales, un régimen igualitario


Regímenes actuales
Sociedad Conyugal: todos los bienes son administrados por el marido, inclusive los que pertenecían a la mujer antes de casarse y los que puede generar o recibir durante el matrimonio. Al término de la unión, el patrimonio adquirido en este tiempo se dividirá en partes iguales. Si bien este es el régimen mandante hoy, sólo se puede optar a él al momento de casarse y después se puede cambiar por el de Separación Total de Bienes o la Participación de Gananciales.
Separación Total de Bienes: ambos administran sus bienes de manera independiente, y al término del matrimonio cada uno queda con lo propio. Pueden acogerse a este régimen al momento de contraer matrimonio, o durante éste. La Participación de Gananciales es la única opción si se desea cambiar de régimen patrimonial.
Participación de Gananciales: al momento de casarse se hace un inventario de los bienes que posee cada uno, y durante el matrimonio funcionan como en Separación de Bienes. Al término de la unión, se hace un nuevo inventario, y quien haya generado más bienes, le entrega al otro la mitad de esa diferencia. Pueden escoger este régimen al momento de casarse, o durante éste; el inconveniente es que requiere llevar un orden de tipo contable. En caso de querer cambiarse, la Separación Total de Bienes es la única opción.

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